Ordena que se subaste parcialmente ese edificio de departamentos y que el dinero sea destinado a hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
Como explicita su sentencia, ya firme, el juez Andrés Gallardo entendió que "la obra ubicada en Armenia 1850 es ilegal en tanto se construyeron entre 240 m2 y 288 m2 en exceso del Factor de Ocupación Total (FOT) permitido en el Código de Planeamiento Urbano".
Con ese argumento, el magistrado conocido por fallos como el que prohibió los delivery en bicicleta y las controversias con el Gobierno de la Ciudad, levantó las inhibiciones que impedían la finalización de la obra y exigió a los titulares del edificio que en el plazo de 5 días individualicen 4 unidades funcionales del inmueble, equivalentes a los metros cuadrados excedentes, para que se subasten.
De esa manera, el titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario buscó privar a los titulares del excedente ilegal a obtener sobre esa propiedad. Pero además, dispuso algo inesperado: que el dinero obtenido de la subasta sirva para financiar la adquisición de equipamientos en los hospitales públicos porteños.
El fallo señaló que "resultaría improcedente que su titular se beneficie económicamente de lo generado ilegalmente. Admitir lo contrario, implicaría tanto como legitimar la ‘rentabilidad’ de un acto ilícito y consecuentemente reconocer a la antijuridicidad como fuente de derechos".
Por último, el magistrado aseguró que esta obra violaba el "derecho a la privacidad, la reducción de la iluminación de lo hogares (aledaños)" y llevaba a la "desvalorización económica de sus viviendas", además de los "daños ambientales".
Anteriormente, la Sala III de la Cámara de Apelaciones, con el voto de los jueces Esteban Centanaro y Hugo Zuleta, y la disidencia de su colega Gabriela Seijas había confirmado la sentencia en lo que refiere a la ilegalidad de la obra y revocado la orden de demolición. Pero eso no se cumplió porque, a entender de Gallardo, hubo "desidia" desde el Gobierno de la Ciudad.
"La decisión de la Cámara de Apelaciones, que prohibió disponer judicialmente la demolición de la obra ilegal y la desidia del GCBA que no la estimó como una medida a ejecutar en el marco de sus competencias, llevan a la resolución actual", se lee ahora en el fallo de Gallardo.
Por eso ordenó que los fondos que resulten de esta subasta parcial sean destinados al Ministerio de Salud porteño "a fin de ser afectados a obras y equipamientos hospitalarios de Hospitales públicos de la Ciudad". Pero Gallardo exigió a ese ministerio presentar un "cronograma de uso de tal dinero a fin de obtener obras y equipamientos hospitalarios", en plazos determinados.
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